Advocacia Lunardelli, en sus más de veinte años de existencia, siempre ha actuado en cumplimiento de los principios dictados para el ejercicio de su profesión, establecidos por el Colegio de Abogados de Brasil, siendo reconocida por sus socios, pasantes, empleados y clientes como ejemplo de conducta ética, transparencia, lealtad y buena fe.
Con el fin de consolidar los preceptos éticos y morales que orientan su conducta profesional, decidimos editar este “Código de Ética y Conducta”, especialmente luego de la promulgación de la Ley N° 12.846/2013 (Ley Anticorrupción) y su reglamento, elaborado por el Decreto No 8.420/2015, que trata sobre la práctica de actos lesivos para la Administración Pública, nacional y extranjera.
Este Código se adhiere incondicionalmente a todos los miembros de nuestro equipo, como socios, pasantes y empleados, así como a aquellos que actúan directa o indirectamente en nuestro nombre, como los correspondientes abogados, consultores, proveedores y prestadores de servicios, en lo sucesivo denominados Terceros, y tiene como objetivo mostrar a nuestros clientes, autoridades públicas y grupos de interés, nuestras reglas de actuación profesional.
Teniendo en cuenta la estructura organizativa y el nivel de interacción con la Administración Pública, cualquier duda, sugerencia de mejora, mala conducta y violaciones a las normas aquí publicadas podrán ser informadas directamente a nosotros, a través del “Canal Directo”, en el que se mantendrá el anonimato y la confidencialidad. estará garantizado.
De esta forma, se asegurará que la conducción de estos asuntos se llevará a cabo de manera imparcial y se aplicarán debidamente las acciones disciplinarias, en su caso, desde la terminación del contrato de trabajo de los empleados, así como de los prestadores de servicios, incluso la exclusión de la sociedad, además de las implicaciones civiles y penales.
Pedro Guilherme Accorsi Lunardelli
1. Alcance del Código
El Código de Ética y Conducta se aplica por igual a todos los socios, pasantes, empleados y Terceros que actúan, directa o indirectamente, en nombre de la oficina, con la Administración Pública y los empleados del gobierno.
2. Principios Rectores
Advocacia Lunardelli respeta y se compromete a promover, entre sus socios, pasantes, empleados y terceros, los derechos humanos y prácticas laborales justas, llevando a cabo sus negocios en pleno cumplimiento de la legislación vigente.
Como principios rectores de su conducta, se sujeta a los dictados de la Declaración Universal de Derechos Humanos y a los convenios, tratados o iniciativas internacionales, como el Pacto Mundial de Naciones Unidas, por ofrecer pautas para la promoción del crecimiento sostenible y el respeto a la ciudadanía.
En este sentido, declara su compromiso con:
3. Responsabilidad del Equipo
El equipo de Advocacia Lunardelli, compuesto por socios, pasantes y empleados, se compromete a cumplir con los siguientes compromisos:
4. Rabesponsilidad de los Socios Directores
El socio director tiene un papel importante en la implicación y difusión de los valores que establece este Código, a través del ejemplo y acciones prácticas, y es responsable de:
5. Conflicto de Intereses
Advocacia Lunardelli lleva a cabo sus negocios con honestidad e integridad y, para asegurar la imparcialidad en los procesos de decisión o la ocurrencia de acciones en conflicto con los intereses y valores de su firma, se compromete a adoptar medidas para asegurar que las aspiraciones particulares no influyan, directa o indirectamente, su forma de contratación.
De esta forma, su equipo se compromete a:
6. Conducta con Terceros
Advocacia Lunardelli entiende que, para mantener buenas relaciones con Terceros, debe mantener negociaciones justas y claras, así como alinear sus estándares de conducta con los practicados en su oficina, a fin de garantizar la calidad de los servicios brindados a sus clientes.
Con base en estos preceptos, se compromete a:
7. Corrupción y Soborno
Advocacia Lunardelli cumple con las disposiciones de la Ley Anticorrupción (Ley Nº 12.846/2013, regulada por el Decreto Nº 8.420/2015), está al tanto de la ley estadounidense “Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero” y sus modificaciones (“FCPA”), así como otras leyes anticorrupción aplicables, y actúa con transparencia y respeto en todas sus interacciones con los funcionarios públicos.
Repudia la práctica de la corrupción o el soborno, ya sea de forma activa o pasiva, por actos, omisiones, creación o mantenimiento de situaciones de favoritismo mediante pagos de facilitación u otra forma de irregularidad.
En este sentido, su equipo se compromete a no ofrecer, prometer o dar, directa o indirectamente, nada de valor, con el fin de obtener una ventaja indebida o influir en la conducta de un funcionario público o funcionario de gobierno.
Esta ventaja no se limita al pago en efectivo, y en este entendimiento se pueden incluir obsequios, comidas, transporte y viajes, gastos con hospitalidad, ofertas laborales, oportunidades de negocios, entre otros.
En cuanto a la actividad de investigación o fiscalización de los organismos, entidades o agentes públicos, incluso en el ámbito de los organismos reguladores y órganos de fiscalización, la oficina y su equipo se comprometen a actuar con imparcialidad, evitando cualquier actuación que, directa o indirectamente, tenga influencia fraudulenta, coercitiva, manipuladora o engañosa.
Es importante señalar que ningún miembro de su equipo, así como cualquiera de los Terceros contratados, es o fue funcionario público, empleado de un partido político o candidato a un cargo político, así como tampoco tiene una relación cercana con cualquier funcionario público, partido político, empleado de un partido político o candidato a un cargo político.
La firma además declara que cualquiera de sus socios, pasantes, empleados o Terceros ha sido o es objeto de una investigación interna, gubernamental o de una agencia reguladora que involucre un caso de soborno o corrupción, no ha sido despedido ni tuvo la prestación de sus servicios descontinuada por cualquiera de estas razones.
También aclara que no se involucra en actividades de partidos políticos, ni hace donaciones a candidatos o partidos políticos.
Cualquier iniciativa de miembros de su equipo o de Terceros al respecto estará restringida a sus actividades personales, fuera del entorno laboral y la prestación de servicios.
8. Bienes y Patrimonio
Los bienes y activos de Advocacia Lunardelli, puestos a disposición de socios, pasantes y empleados, deben usarse con cuidado, para que todos se ocupen de su conservación, protegiéndolos contra daños, pérdidas y desperdicios.
En este sentido, el equipo se compromete a:
9. Medio Ambiente y Sostenibilidad
Advocacia Lunardelli considera importante incluir el concepto de sostenibilidad entre los miembros de su equipo, así como con terceros subcontratados, adoptando siempre un enfoque preventivo de los desafíos ambientales.
En este sentido, fomenta el desarrollo y la difusión de tecnologías ambientalmente sostenibles, a través de buenas prácticas sociales y ambientales.
Todos deben reconocer y respetar las acciones y programas de desarrollo sostenible de la oficina, como el reciclaje, el uso racional de recursos como el agua y la electricidad, la adecuada gestión de residuos, de acuerdo con la legislación vigente, así como cualquier otra determinación institucional y legal que tenga como objetivo la reducción de daños al medio ambiente, así como contribuir al desarrollo económico y social de la comunidad donde opera.
10. Precisión de los Controles Contables y Financieros
Advocacia Lunardelli cuenta con una contabilidad clara, veraz y preparada de acuerdo con los principios contables y la legislación vigente, respaldada por documentación adecuada a sus actividades.
Destaca que no está de acuerdo con ninguna modificación en sus registros contables y financieros que tengan por objeto fraude o manipulación, preservando su información financiera con plena responsabilidad.
11. Violaciones del Código de Ética y Conducta
Es responsabilidad de todos los miembros del equipo y Terceros informar cualquier mala conducta y/o sospecha de violación de los principios definidos en este Código, independientemente del cargo que ocupe en la oficina o relación comercial con ella, y la omisión de posibles violaciones se considerará conducta no ética.
La comunicación de infracciones o información de evidencia de irregularidades debe dirigirse al “Canal Directo”, enfatizando que toda la información recibida será tratada con confidencialidad y secreto, incluso la relativa a la identidad del denunciante, repudiando cualquier forma de represalia.
Las infracciones comprobadas darán lugar a acciones disciplinarias, amparadas en la legislación vigente y, dependiendo de la gravedad de la situación, pueden resultar en la extinción del contrato de trabajo, extinción de la prestación de servicios o exclusión de la sociedad, además de implicaciones civiles y penales, tales como multas, restitución de cantidades obtenidas ilegalmente y cualquier otra que corresponda.
Se podrán aplicar sanciones administrativas y judiciales a las personas jurídicas infractoras, además del pago de multas, de conformidad con la Ley Anticorrupción.
12. Canal Directo
El “Canal Directo” es el medio ofrecido para la comunicación segura y confidencial, puesto a disposición de Advocacia Lunardelli a todos los miembros de su equipo, terceros, clientes y grupos de interés, en el cual la oportunidad de contribuir al mantenimiento de un ambiente ético, seguro y trabajo de calidad.
El contenido del Código de Ética y Conducta es de libre acceso para todos y se transmiten copias impresas y directrices a todos los miembros del equipo y Terceros, de forma clara y precisa, para que no queden dudas sobre su contenido.
A través del “Canal Directo” es posible enviar preguntas, así como recomendar mejoras en el clima laboral y seguridad del equipo, informes de posibles conflictos de interés y conductas contrarias a los principios rectores.
Las sugerencias, dudas y denuncias serán investigadas de manera confidencial, preservando la identidad del denunciante, garantizando la misma protección ante cualquier tipo de represalia.
Es importante resaltar que el reportero, al realizar una comunicación al “Canal Directo”, tiene el deber de monitorear el avance de la misma, respondiendo las preguntas que se le realicen, brindando información completa y veraz.
El socio director, responsable de la gestión del Código, se identifica a continuación:
Pedro Guilherme Accorsi Lunardelli
Correo electrónico – pglunardelli@advocacialunardelli.com.br
Teléfono – 11-4095-4700
Dirección – Rua Samuel Morse, 134 – conj. 172 – São Paulo – SP
13. Vigencia del Código de Ética y Conducta
Este Código entra en vigor en la fecha de su publicación y puede ser revisado en cualquier momento, a discreción de los socios y/o en caso de que surjan situaciones de conflicto de intereses.
São Paulo, martes, 7 de octubre de 2008.
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