Código de Ética y Conducta

Palabra del Socio Administrador

Advocacia Lunardelli, en sus más de veinte años de existencia, siempre ha actuado en cumplimiento de los principios dictados para el ejercicio de su profesión, establecidos por el Colegio de Abogados de Brasil, siendo reconocida por sus socios, pasantes, empleados y clientes como ejemplo de conducta ética, transparencia, lealtad y buena fe.

Con el fin de consolidar los preceptos éticos y morales que orientan su conducta profesional, decidimos editar este “Código de Ética y Conducta”, especialmente luego de la promulgación de la Ley N° 12.846/2013 (Ley Anticorrupción) y su reglamento, elaborado por el Decreto No 8.420/2015, que trata sobre la práctica de actos lesivos para la Administración Pública, nacional y extranjera.

Este Código se adhiere incondicionalmente a todos los miembros de nuestro equipo, como socios, pasantes y empleados, así como a aquellos que actúan directa o indirectamente en nuestro nombre, como los correspondientes abogados, consultores, proveedores y prestadores de servicios, en lo sucesivo denominados Terceros, y tiene como objetivo mostrar a nuestros clientes, autoridades públicas y grupos de interés, nuestras reglas de actuación profesional.

Teniendo en cuenta la estructura organizativa y el nivel de interacción con la Administración Pública, cualquier duda, sugerencia de mejora, mala conducta y violaciones a las normas aquí publicadas podrán ser informadas directamente a nosotros, a través del “Canal Directo”, en el que se mantendrá el anonimato y la confidencialidad. estará garantizado.

De esta forma, se asegurará que la conducción de estos asuntos se llevará a cabo de manera imparcial y se aplicarán debidamente las acciones disciplinarias, en su caso, desde la terminación del contrato de trabajo de los empleados, así como de los prestadores de servicios, incluso la exclusión de la sociedad, además de las implicaciones civiles y penales.

Pedro Guilherme Accorsi Lunardelli

 

Sumário

  1. Alcance del Código
  2. Principios Rectores
  3. Responsabilidad del Equipo
  4. Responsabilidad de los Socios Directores
  5. Conflicto de Intereses
  6. Conducta con Terceros
  7. Corrupción y Soborno
  8. Bienes y Patrimonio
  9. Medio Ambiente y Sostenibilidad
  10. Precisión de los Controles Contables y Financieros
  11. Violaciones del Código de Ética y Conducta
  12. Canal Directo
  13. Vigencia del Código de Ética y Conducta

 

 

1. Alcance del Código

El Código de Ética y Conducta se aplica por igual a todos los socios, pasantes, empleados y Terceros que actúan, directa o indirectamente, en nombre de la oficina, con la Administración Pública y los empleados del gobierno.

2. Principios Rectores

Advocacia Lunardelli respeta y se compromete a promover, entre sus socios, pasantes, empleados y terceros, los derechos humanos y prácticas laborales justas, llevando a cabo sus negocios en pleno cumplimiento de la legislación vigente.

Como principios rectores de su conducta, se sujeta a los dictados de la Declaración Universal de Derechos Humanos y a los convenios, tratados o iniciativas internacionales, como el Pacto Mundial de Naciones Unidas, por ofrecer pautas para la promoción del crecimiento sostenible y el respeto a la ciudadanía.

En este sentido, declara su compromiso con:

    1. No emplee mano de obra infantil o forzada ni acepte prácticas de Terceros que le brinden productos o servicios;
    2. Respetar la libertad de asociación sindical y reconocer el derecho a la negociación colectiva;
    3. Promover el debido respeto a sus socios, pasantes, empleados y Terceros, asegurándoles el derecho a condiciones laborales dignas;
    4. Repudiar actos de violencia psicológica y cualquier tipo de acoso moral y/o sexual, tales como insultos, amenazas, invasión a la privacidad, limitación profesional, con el objetivo de avergonzar a las personas, afectar su dignidad o crear un ambiente hostil, degradante, humillante, intimidatorio o desestabilizador;
    5. Valorar la diversidad y prevenir la discriminación injustificada y el trato diferencial por origen étnico o social, género, orientación sexual, edad, credo, estado civil, discapacidad, orientación política, opinión, lugar de nacimiento o asociación sindical;
    6. Priorizar la seguridad, salud y bienestar de su equipo, asegurando el desarrollo de sistemas adecuados de gestión de seguridad y salud ocupacional;
    7. Fomentar un enfoque preventivo de los desafíos ambientales, desarrollando iniciativas para el desarrollo y difusión de tecnologías ambientalmente sostenibles;
    8. Rechazar cualquier forma de corrupción directa o indirecta, buscando siempre la transparencia en su negocio, basando su conducta en principios de gobierno corporativo para evitar riesgos innecesarios en la conducción de su negocio.

3. Responsabilidad del Equipo

El equipo de Advocacia Lunardelli, compuesto por socios, pasantes y empleados, se compromete a cumplir con los siguientes compromisos:

    1. Sea un ejemplo de conducta ética, imparcial y honesta ante sus colegas y otras partes interesadas;
    2. Respetar y tratar a todos con civilidad y cortesía para que se mantenga un ambiente de trabajo saludable y cortés;
    3. Colaborar para mantener un ambiente de trabajo libre de acoso, intimidación u otro comportamiento inapropiado, como descortesía, insultos, amenazas e intimidación;
    4. Priorizar la asistencia y puntualidad con respecto a las obligaciones que involucran a la oficina;
    5. Informar, mediante el uso del “Canal Directo”, los casos que puedan generar inquietud o malestar, así como que representen un posible incumplimiento del Código de Ética y Conducta;
    6. Mantener la absoluta confidencialidad respecto a la información corporativa, especialmente la que involucre datos de clientes, debido a la función o cargo desempeñado;
    7. Conocer y respetar las responsabilidades que desempeña cada uno, por el cargo y función que desempeña, en la estructura organizativa del cargo;
    8. Leer, comprender y practicar el Código de Ética y Conducta y otros procedimientos corporativos, como el “Manual del Nuevo Empleado”.

4. Rabesponsilidad de los Socios Directores

El socio director tiene un papel importante en la implicación y difusión de los valores que establece este Código, a través del ejemplo y acciones prácticas, y es responsable de:

    1. Actuar con responsabilidad, cuidando los intereses institucionales, metas y objetivos marcados;
    2. Mantener una postura ética y conciliadora, actuando con sentido común y parsimonia, en la resolución de posibles conflictos;
    3. Asegurar la convivencia armoniosa del equipo, que siempre debe estar guiado por la colaboración y la asistencia mutua;
    4. Actuar con discernimiento y postura acorde con el cargo que ocupa y sus atribuciones, asumiendo responsabilidades sin extrapolar sus funciones, basando sus decisiones en los estándares éticos dictados por sus normas y políticas;
    5. No usar la autoridad a su favor para obtener una ventaja indebida;
    6. Leer, comprender, practicar y velar por el cumplimiento de las normas publicadas en este Código de Ética y Conducta, orientando al equipo y Terceros sobre acciones y situaciones que representen dudas, dilemas éticos y conflictos de interés;
    7. Realizar evaluaciones objetivas de desempeño con el fin de privilegiar el mérito de cada miembro del equipo, promoviendo el respeto a la igualdad de oportunidades para todos.

5. Conflicto de Intereses

Advocacia Lunardelli lleva a cabo sus negocios con honestidad e integridad y, para asegurar la imparcialidad en los procesos de decisión o la ocurrencia de acciones en conflicto con los intereses y valores de su firma, se compromete a adoptar medidas para asegurar que las aspiraciones particulares no influyan, directa o indirectamente, su forma de contratación.

De esta forma, su equipo se compromete a:

    1. Nunca utilizar activos y recursos para su propio beneficio o el de terceros;
    2. No utilizar su cargo, funciones e influencia para obtener acceso a información privilegiada, para su propio beneficio, los miembros de su familia o personas en su relación, en detrimento del negocio de la firma o de las prácticas de libre competencia;
    3. Recibir elementos de cualquier naturaleza que puedan influir en la toma de decisiones o el juicio de valor;
    4. Otras situaciones que entren en conflicto con este Código de Ética y Conducta;

6. Conducta con Terceros

Advocacia Lunardelli entiende que, para mantener buenas relaciones con Terceros, debe mantener negociaciones justas y claras, así como alinear sus estándares de conducta con los practicados en su oficina, a fin de garantizar la calidad de los servicios brindados a sus clientes.

Con base en estos preceptos, se compromete a:

    1. Negociar únicamente con quienes cumplan con la legislación vigente, especialmente laboral, tributaria, seguridad social y ambiental;
    2. Contratar a Terceros que no exploten directa o indirectamente el trabajo infantil o esclavo y, de preferencia, con quienes se comprometan con prácticas de responsabilidad social en su cadena productiva;
    3. Ofrecer igualdad de oportunidades para participar en los procesos de selección, aprobación y contratación;
    4. Utilizar criterios técnicos de selección, como calidad, servicio, precio, plazo y confiabilidad, con el fin de buscar la mejor relación costo / beneficio, siempre de manera clara e imparcial;
    5. No aceptar obsequios, regalos, favores, así como beneficios o ventajas personales, con el fin de obtener privilegios en la relación con ellos;
    6. Vigilar la conducta ética y, en su caso, tomar medidas inmediatas, correctivas y rigurosas, en los casos en que sea cuestionable, bajo pena de rescisión de los contratos vigentes;
    7. Mantener un registro de los Terceros evaluados previamente y negociar preferentemente con aquellos que mantienen su registro actualizado.

7. Corrupción y Soborno

Advocacia Lunardelli cumple con las disposiciones de la Ley Anticorrupción (Ley Nº 12.846/2013, regulada por el Decreto Nº 8.420/2015), está al tanto de la ley estadounidense “Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero” y sus modificaciones (“FCPA”), así como otras leyes anticorrupción aplicables, y actúa con transparencia y respeto en todas sus interacciones con los funcionarios públicos.

Repudia la práctica de la corrupción o el soborno, ya sea de forma activa o pasiva, por actos, omisiones, creación o mantenimiento de situaciones de favoritismo mediante pagos de facilitación u otra forma de irregularidad.

En este sentido, su equipo se compromete a no ofrecer, prometer o dar, directa o indirectamente, nada de valor, con el fin de obtener una ventaja indebida o influir en la conducta de un funcionario público o funcionario de gobierno.

Esta ventaja no se limita al pago en efectivo, y en este entendimiento se pueden incluir obsequios, comidas, transporte y viajes, gastos con hospitalidad, ofertas laborales, oportunidades de negocios, entre otros.

En cuanto a la actividad de investigación o fiscalización de los organismos, entidades o agentes públicos, incluso en el ámbito de los organismos reguladores y órganos de fiscalización, la oficina y su equipo se comprometen a actuar con imparcialidad, evitando cualquier actuación que, directa o indirectamente, tenga influencia fraudulenta, coercitiva, manipuladora o engañosa.

Es importante señalar que ningún miembro de su equipo, así como cualquiera de los Terceros contratados, es o fue funcionario público, empleado de un partido político o candidato a un cargo político, así como tampoco tiene una relación cercana con cualquier funcionario público, partido político, empleado de un partido político o candidato a un cargo político.

La firma además declara que cualquiera de sus socios, pasantes, empleados o Terceros ha sido o es objeto de una investigación interna, gubernamental o de una agencia reguladora que involucre un caso de soborno o corrupción, no ha sido despedido ni tuvo la prestación de sus servicios descontinuada por cualquiera de estas razones.

También aclara que no se involucra en actividades de partidos políticos, ni hace donaciones a candidatos o partidos políticos.

Cualquier iniciativa de miembros de su equipo o de Terceros al respecto estará restringida a sus actividades personales, fuera del entorno laboral y la prestación de servicios.

8. Bienes y Patrimonio

Los bienes y activos de Advocacia Lunardelli, puestos a disposición de socios, pasantes y empleados, deben usarse con cuidado, para que todos se ocupen de su conservación, protegiéndolos contra daños, pérdidas y desperdicios.

En este sentido, el equipo se compromete a:

    1. Utilizar los recursos tecnológicos puestos a disposición para el ejercicio de su función, tales como teléfonos, computadoras, laptops, impresoras, internet, correo electrónico y otras herramientas, exclusivamente para uso profesional;
    2. Mantener confidenciales las contraseñas personales, que no deben ser compartidas con otros miembros del equipo, utilizando el correo electrónico solo como herramienta de trabajo, sin la propagación de mensajes o contenido no corporativo, como bromas, venta de objetos, cadenas, pornografía, campañas de partidos políticos o incluso como instrumento de calumnia o difamación, entre otros;
    3. En internet y en las redes sociales debe prevalecer el sentido común y la prudencia, orientando el comportamiento para no exponer peyorativamente el nombre del despacho, absteniéndose de hacer comentarios despectivos u ofensivos a los compañeros de trabajo, gerentes, terceros, clientes y la relación pública, preservando su propia imagen, no exponiéndose en situaciones éticamente reprobables;
    4. No transferir tecnologías, metodologías, trabajos intelectuales y otra información propietaria o legal de la firma, sus clientes o Terceros.

9. Medio Ambiente y Sostenibilidad

Advocacia Lunardelli considera importante incluir el concepto de sostenibilidad entre los miembros de su equipo, así como con terceros subcontratados, adoptando siempre un enfoque preventivo de los desafíos ambientales.

En este sentido, fomenta el desarrollo y la difusión de tecnologías ambientalmente sostenibles, a través de buenas prácticas sociales y ambientales.

Todos deben reconocer y respetar las acciones y programas de desarrollo sostenible de la oficina, como el reciclaje, el uso racional de recursos como el agua y la electricidad, la adecuada gestión de residuos, de acuerdo con la legislación vigente, así como cualquier otra determinación institucional y legal que tenga como objetivo la reducción de daños al medio ambiente, así como contribuir al desarrollo económico y social de la comunidad donde opera.

10. Precisión de los Controles Contables y Financieros

Advocacia Lunardelli cuenta con una contabilidad clara, veraz y preparada de acuerdo con los principios contables y la legislación vigente, respaldada por documentación adecuada a sus actividades.

Destaca que no está de acuerdo con ninguna modificación en sus registros contables y financieros que tengan por objeto fraude o manipulación, preservando su información financiera con plena responsabilidad.

11. Violaciones del Código de Ética y Conducta

Es responsabilidad de todos los miembros del equipo y Terceros informar cualquier mala conducta y/o sospecha de violación de los principios definidos en este Código, independientemente del cargo que ocupe en la oficina o relación comercial con ella, y la omisión de posibles violaciones se considerará conducta no ética.

La comunicación de infracciones o información de evidencia de irregularidades debe dirigirse al “Canal Directo”, enfatizando que toda la información recibida será tratada con confidencialidad y secreto, incluso la relativa a la identidad del denunciante, repudiando cualquier forma de represalia.

Las infracciones comprobadas darán lugar a acciones disciplinarias, amparadas en la legislación vigente y, dependiendo de la gravedad de la situación, pueden resultar en la extinción del contrato de trabajo, extinción de la prestación de servicios o exclusión de la sociedad, además de implicaciones civiles y penales, tales como multas, restitución de cantidades obtenidas ilegalmente y cualquier otra que corresponda.

Se podrán aplicar sanciones administrativas y judiciales a las personas jurídicas infractoras, además del pago de multas, de conformidad con la Ley Anticorrupción.

12. Canal Directo

El “Canal Directo” es el medio ofrecido para la comunicación segura y confidencial, puesto a disposición de Advocacia Lunardelli a todos los miembros de su equipo, terceros, clientes y grupos de interés, en el cual la oportunidad de contribuir al mantenimiento de un ambiente ético, seguro y trabajo de calidad.

El contenido del Código de Ética y Conducta es de libre acceso para todos y se transmiten copias impresas y directrices a todos los miembros del equipo y Terceros, de forma clara y precisa, para que no queden dudas sobre su contenido.

A través del “Canal Directo” es posible enviar preguntas, así como recomendar mejoras en el clima laboral y seguridad del equipo, informes de posibles conflictos de interés y conductas contrarias a los principios rectores.

Las sugerencias, dudas y denuncias serán investigadas de manera confidencial, preservando la identidad del denunciante, garantizando la misma protección ante cualquier tipo de represalia.

Es importante resaltar que el reportero, al realizar una comunicación al “Canal Directo”, tiene el deber de monitorear el avance de la misma, respondiendo las preguntas que se le realicen, brindando información completa y veraz.

El socio director, responsable de la gestión del Código, se identifica a continuación:

Pedro Guilherme Accorsi Lunardelli
Correo electrónico – pglunardelli@advocacialunardelli.com.br
Teléfono – 11-4095-4700
Dirección – Rua Samuel Morse, 134 – conj. 172 – São Paulo – SP

13. Vigencia del Código de Ética y Conducta

Este Código entra en vigor en la fecha de su publicación y puede ser revisado en cualquier momento, a discreción de los socios y/o en caso de que surjan situaciones de conflicto de intereses.

São Paulo, martes, 7 de octubre de 2008.

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